Normativa de captura y procesamiento de pescados y mariscos

 En general, la normativa de captura y procesamiento de pescados y mariscos varía en función del país y la región en la que se producen estas actividades. No obstante, existen algunas directrices y normas internacionales que se aplican en muchos lugares del mundo como, por ejemplo:

1.- La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece los derechos y responsabilidades de los países en la gestión de las zonas marítimas. En este sentido, se determina que la captura de pescados y mariscos debe realizarse de forma sostenible, protegiendo los ecosistemas marinos y asegurando la supervivencia de las especies.

2.- La Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) de las Naciones Unidas proporciona una serie de directrices para la acuicultura sostenible y gestión de las pesquerías. Entre otros aspectos, se establecen criterios para la selección de las especies, la ubicación de las granjas o criaderos, la selección de la alimentación y el control de la salud de los animales.

3.- La Unión Europea cuenta con la Política Pesquera Común, que establece los objetivos y medidas para garantizar la conservación de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y en el Atlántico. La normativa incluye medidas para el control y la reducción de la pesca ilegal y la promoción de la pesca sostenible.

4.- En muchos países, existen regulaciones para la captura y el procesamiento de pescados y mariscos destinados al consumo humano. Estas normativas se centran en aspectos como la higiene y la seguridad alimentaria, la conservación de los productos frescos y congelados, el etiquetado de los productos y la prevención de la contaminación y el deterioro durante el transporte y almacenamiento.

En cualquier caso, estas normativas tienen como objetivo garantizar la sostenibilidad y la seguridad en toda la cadena de producción y distribución de los productos pesqueros y acuícolas, desde el momento de su captura hasta cuando sean consumidos.

Por otro lado, México tiene sus propias regulaciones y normativas para los pescados y mariscos por ejemplo:

1.- NOM-001-SAG/PESC-2013, pesca responsable de túnidos. Especificaciones para las operaciones de pesca con red de cerco. 

2.- NOM-002-SAG/PESC-2013,para ordenar el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.

3.- NOM-242-SSA1-2009. Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba.

4.- NOM-027-SSA1-1993, Bienes y servicios. Productos de la pesca. Pescados frescos, refrigerados y congelados. Especificaciones sanitarias.

5.- NMX-F-220-SCFI-2011. Productos de la pesca. Productos alimenticios para consumo humano. Atunes y pescados similares enlatados en aceite. Especificaciones. 


Referencias

Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. (s/f). Normas Oficiales Mexicanas Pesqueras y Acuícolas. gob.mx. Recuperado el 25 de mayo de 2023, de https://www.gob.mx/conapesca/documentos/normas-oficiales-mexicanas-pesqueras-y-acuicolas-30453

NORMA MEXICANA NMX-F-220-SCFI-2011 PRODUCTOS DE LA PESCA -PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO HUMANO -ATUNES Y PESCADOS SIMILARES ENLATADOS EN ACEITE -ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-F-220-1982). (s/f). Gob.mx. Recuperado el 25 de mayo de 2023, de http://www.economia-nmx.gob.mx/normas/nmx/2010/nmx-f-220-scfi-2011.pdf

NORMA Oficial Mexicana NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 25 de mayo de 2023, de https://dof.gob.mx/normasOficiales/4295/salud2a/salud2a.htm

(S/f). Gob.mx. Recuperado el 25 de mayo de 2023, de http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/027ssa13.html

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